Medicare - Parte D
¿Cómo funcionan los planes Medicare de medicamentos?

La cobertura de medicamentos es un beneficio opcional y está disponible para todos los beneficiarios de Medicare. Aun si no toma medicinas es importante que obtenga este tipo de cobertura. Si decide no inscribirse en un plan de la Parte D cuando es elegible por primera vez y no tiene otra cobertura válida de medicamentos (como cobertura de medicamentos de un empleador o sindicato), o si no recibe Ayuda Adicional le podrán cobrar una multa si decide inscribirse más tarde. Por lo general, pagará esta multa durante el tiempo que tenga la cobertura de medicamentos recetados de Medicare.
Para conseguir esta cobertura debe inscribirse en uno de los planes aprobados por Medicare. Cada plan varía en cuanto a los costos y a los medicamentos que cubre. Visite Medicare.gov/plan-compare, para más información sobre los planes en su área.
¿Cómo podría obtener la cobertura de medicamentos?
Actualmente contamos con 2 maneras de obtener esta cobertura ya mencionada anteriormente.
Si tiene cobertura de su empleador o sindicato Llame a su administrador de beneficios antes de hacer cualquier cambio o de inscribirse en otro plan. El inscribirse en otra cobertura podría causarle la pérdida de su cobertura de salud y medicamentos de su empleador o sindicato para usted y sus dependientes. Si pierde la cobertura de su empleador o sindicato, es posible que no pueda recuperarla. Si desea saber cómo funciona la cobertura Medicare de medicamentos recetados con otra cobertura de recetas médicas
¿Cuándo puedo inscribirme, cambiarme o cancelar un plan?
Usted puede inscribirse, cambiar o cancelar un plan de medicamentos de Medicare o un plan Medicare Advantage con cobertura de medicamentos durante:

Si tiene que pagar una prima por la Parte A e inscribirse en la Parte B por primera vez durante el Período General de Inscripción, también puede inscribirse en un plan del 1 de abril al 30 de junio. Su cobertura comenzará el 1 de julio.
Período Especial de Inscripción
¿Cómo cambio mi plan?
Usted puede cambiarse a un nuevo plan Medicare o plan MA con cobertura de medicamentos simplemente inscribiéndose en otro plan durante uno de los períodos antes mencionados. No necesita cancelar su antiguo plan. Su cobertura será cancelada automáticamente cuando comience la cobertura del nuevo plan. Su nuevo plan le enviará una carta avisándole la fecha de inicio de su cobertura. Llame al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), TTY 1-877-486-2048, para cambiar de plan.
¿Cómo cancelo mi plan?
Si desea cancelar su plan Medicare o plan MA con cobertura de medicamentos y no quiere obtener cobertura nueva, puede hacerlo durante uno de los períodos mencionados anteriormente. Puede cancelarla llamando al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), TTY 1-877-486-2048. También puede enviarle una carta al plan informándoles que quiere cancelar la cobertura. Si cancela y quiere inscribirse en otro plan más adelante, tendrá que esperar al próximo Período de Inscripción. Tal vez tenga que pagar una multa por inscripción tardía si no tiene cobertura válida de medicamentos
Lea la información que le envía el plan
Revise la “Evidencia de Cobertura” (EOC, en inglés) y el “Aviso de Cambio Anual” (ANOC, en inglés) que su plan le envía cada año. La EOC le brinda detalles sobre lo que cubre el plan, cuánto paga y más. El ANOC incluye cambios en cobertura, costos, redes de proveedores, área de servicio y más de lo que comenzará en enero. Si no recibe estos documentos importantes a principios del otoño, comuníquese con su plan.
Lo que usted paga
Los costos de sus medicamentos variarán según el plan que elija. Recuerde, la cobertura y los costos del plan pueden cambiar cada año. Es posible que deba pagar una prima, deducible, copagos o coseguro durante todo el año.
Los precios reales varian dependiendo de:

Es posible que pueda reducir el costo de sus medicamentos. Algunas maneras incluyen la elección de genéricos sobre los de marca o pagando el costo del medicamento sin seguro médico. Pregúntele a su farmacéutico—le pueden decir si hay una opción menos costosa. Hable con su médico para asegurarse si un medicamento genérico es su mejor opción.

Prima Mensual
La mayoría de los planes de medicamentos cobran una prima mensual que varía según el plan. Usted paga esta cantidad además de la prima de la Parte B. Si está inscrito en un plan MA o en un Plan Medicare de Costo con recetas médicas, la prima mensual incluye la cobertura de los medicamentos.
Nota: Comuníquese con su plan (no con el Seguro Social ni RRB) si desea que le deduzcan la prima de su cheque del Seguro Social o RRB. Si no quiere que le deduzcan la prima, pídale al plan que le envíe la factura directamente.
Importante!
Si tiene un ingreso más alto, podría pagar más por su cobertura de medicamentos. Si su ingreso está por encima de cierta cantidad ($87,000 si presenta de forma individual o $174,000 si está casado y presenta de forma conjunta), usted pagará una prima más alta (a veces llamada la “Parte D-IRMAA”). También tendrá que pagar esta cantidad adicional si está inscrito en un plan MA con cobertura de medicamentos. Esto no afectará a todos los beneficiarios, por lo que la mayoría no tendrán que pagar más. Si tiene que pagar una cantidad mayor por la Parte D, también pagará una cantidad adicional por su prima de la Parte B, incluso si no tiene cobertura de medicamentos. Generalmente esa cantidad adicional se deducirá de su pago del Seguro Social o RRB. Si Medicare o RRB le envían una factura por dicha cantidad, usted debe pagarle esa cantidad a Medicare o a RRB en vez de a su plan. Si no paga, puede perder su cobertura de medicamentos. No podrá inscribirse en otro plan de inmediato y es posible que tenga que pagar una multa por inscripción tardía por el tiempo que tenga la cobertura de medicamentos. Los pagos de la Parte D de IRMAA se pagan por separado a Medicare, y usted debe pagarlos incluso si su empleador u otro tercero (como el sistema de retiro) paga las primas de su plan para la Parte D. Si tiene que pagar una cantidad adicional y está en desacuerdo (por ejemplo si pasó algo que haya disminuido su ingreso), visite socialsecurity.gov o llame al Seguro Social al 1-800-772-1213 (TTY: 1-800-325-0778).Deducible Anual
La cantidad que usted paga antes de que su plan de medicamentos comience a pagar la parte que le corresponde de los medicamentos cubiertos. Algunos planes no cobran un deducible.
Copago o coseguro
La cantidad que usted paga por los medicamentos cubiertos después de pagar el deducible (si el plan cobra un deducible). Usted paga su parte y el plan paga la suya. Si tiene que pagar un coseguro, las cantidades pueden variar según el costo de los medicamentos y las cantidades podrían cambiar durante el año.
¡Importante!
Una vez que usted y su plan paguen $4,130 en medicamentos (incluyendo
el deducible), usted no pagará más del 25% del costo de los medicamentos recetados hasta que gaste de su bolsillo $6,550 bajo el beneficio estándar de medicamentos.
Cobertura catastrófica
Una vez que haya cumplido con $6,550 de su bolsillo, recibirá automáticamente la “cobertura catastrófica”. No pagará más del 5% del costo de los medicamentos cubiertos durante el resto del año.
Nota: Si recibe Ayuda Adicional, no tendrá algunos de estos costos
¡Importante!
Visite Medicare.gov/plan-compare para obtener los costos específicos de los planes de medicamentos, y luego llame al plan que le interesa para obtener detalles. Si necesita ayuda para compararlos, llame a su Programa Estatal de Asistencia con el Seguro Médico (SHIP).¿Qué es la multa por inscripción tardía en la Parte D?
La multa por inscripción tardía es la cantidad que se agrega a la prima que paga por la Parte D. Tendrá que pagar esta multa si en cualquier momento después de que termine su período inicial de inscripción transcurre un lapso de tiempo de 63 días seguidos durante el cual usted no tuvo una cobertura válida de medicamentos ni la Parte D. Por lo general, tendrá que pagar esta multa mientras tenga cobertura de medicamentos.
Nota: Si recibe la Ayuda Adicional, no tendrá que pagar la multa por inscripción tardía.